Límites al poder constituyente: los artículos pétreos de la Constitución de la República de Guatemala y el rol de la soberanía popular
Limits to the constituent power: the rigid clauses of the Constitution of the Republic of Guatemala and the role of popular sovereignty
DOI:
https://doi.org/10.37346/opusmagna.v18i01.50Palabras clave:
artículos pétreos, reforma constitucional, poder constituyenteResumen
La soberanía es el poder supremo dentro de todo estado y, conforme al principio democrático, en el estado moderno se ha ubicado dicho poder en el pueblo como su detentador. Es un poder supremo que determina su propio orden jurídico y político que lo rige. A pesar de ello, existen constituciones que contienen cláusulas pétreas, entendidas estas como prohibiciones impuestas por el poder constituyente para reformar ciertas disposiciones constitucionales, aspecto que parece contradictorio con la supremacía del soberano y el principio democrático del estado. Es oportuno por ello cuestionar la legitimidad de las cláusulas pétreas constitucionales, corroborar si la Constitución de la República de Guatemala las contiene y finalmente, analizar el rol que la soberanía popular tiene respecto a tales disposiciones.
Descargas
Citas
Aristóteles, La Política. España: Ediciones Istmo, 2005.
Convención sobre los Derechos y Deberes de los Estados, Conferencia Internacional Americana, Uruguay, 1933.
Humberto Nogueira Alcalá, «Consideraciones sobre poder constituyente y reforma de la constitución en la teoría y la práctica constitucional», Revista Ius et Praxis, No.1 (2009): 229-262.
Humberto Nogueira Alcalá, «Los límites del poder constituyente y el control de constitucionalidad de las reformas constitucionales en Chile», Estudios Constitucionales, Vol.4, Núm.2 (2006): 435-455.
Ignacio Colombo Murúa, «Cuestiones en torno al análisis formal de los límites explícitos a las reformas constitucionales», Cuadernos Universitarios, Núm.3 (2010); 73-104.
Javier Ruipérez Alamillo, «Principio democrático y federalismo, el poder constituyente como único soberano posible en el estado políticamente descentralizado», Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña, No.3 (1999): 517-558.
John Locke, Segundo tratado sobre el gobierno civil. España: Alianza Editorial, 2000.
Jorge Mario García Laguardia y Edmundo Vásquez Martínez, Constitución y orden democrático. Guatemala: Editorial Universitaria, 1984.
Juan Jacobo Rousseau, El contrato social. México: Universidad Nacional Autónoma de México, 1984.
Juan Pablo Bohórquez Montoya, «El poder constituyente, fundamento de la democracia: Carl Schmitt», Papel Político, Vol.11, Núm.2 (2006): 525-556.
Manuel García-Pelayo, Constitución y Derecho Constitucional. España: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de Madrid, 1948.
Rafael Oyarte, «Limite y limitaciones al poder constituyente», Revista Chilena de Derecho, Vol.25 Núm.1 (1998): 65-84.
Raymond Carré de Malberg, Teoría General del Estado. México: Fondo de Cultura Económica, 1998.
René Arturo Villegas Lara, Teoría de la Constitución. Guatemala: Ediciones y Servicios Gráficos El Rosario, 2017.
Rubén Hernández Valle, «El poder constituyente derivado y los límites jurídicos del poder de reforma constitucional», Revista Española de Derecho Constitucional, No.37 (1993): 143-158.
Rubén Martínez Dalmau, «El ejercicio del poder constituyente en el nuevo constitucionalismo», Revista General de Derecho Público Comparado, No.11 (2012): 1-15.
Thomas Hobbes, Leviatán o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil. México: Fondo de Cultura Económica, 2017.
Vladimiro Naranjo Mesa, Teoría constitucional e instituciones políticas. Colombia: Editorial Temis, 2003.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2021 Herbert Rocael Giron Lemus
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.
Los autores/as que publiquen en esta revista aceptan las siguientes condiciones:
- Los autores/as conservan los derechos de autor y ceden a la revista el derecho de la primera publicación, con el trabajo registrado con la licencia de atribución de Creative Commons 4.0, que permite a terceros utilizar lo publicado siempre que mencionen la autoría del trabajo y a la primera publicación en esta revista.
- Los autores/as pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en esta revista (p. ej., incluirlo en un repositorio institucional o publicarlo en un libro) siempre que indiquen claramente que el trabajo se publicó por primera vez en esta revista.
- Se permite y recomienda a los autores/as a compartir su trabajo en línea (por ejemplo: en repositorios institucionales o páginas web personales) antes y durante el proceso de envío del manuscrito, ya que puede conducir a intercambios productivos, a una mayor y más rápida citación del trabajo publicado (vea The Effect of Open Access).