¿Separación de la doctrina legal o aceptación y reconocimiento tácito de la existencia de jurisprudencia constitucional notoriamente inconvencional?

Authors

  • Estuardo Cárdenas Organismo Judicial

DOI:

https://doi.org/10.37346/opusmagna.v20i1.106

Keywords:

Constitutional Court of Guatemala, Separation or innovation of the legal writing, Unconventionality of the constitutional case

Abstract

A través de este trabajo se realiza un comentario jurisprudencial con perspectiva crítica, enfocado directamente a la jurisprudencia emanada de la Corte de Constitucionalidad, por medio de la cual decide separarse de doctrina legal previamente sentada sobre un tema en particular. Y, para ello, se parte de la idea central de que, en muchos de esos casos en los que tal <<facultad>> se ejerce, más allá de la simple <<separación>> [o innovación], en realidad, por la naturaleza del asunto subyacente y los derechos y pretensiones implicados en el mismo, lo que se tiende a hacer –pero sin decirlo expresamente– es aceptar y reconocer –tácitamente– la existencia de una eventual inconvencionalidad [o anticonvencionalidad] en la doctrina preexistente. Procediendo, para ello, a examinar un fallo reciente de ésta en el que, dados los aspectos analizados en el mismo, se abordó un caso de derechos humanos [fundamentales]; y, al haberse asumido la separación de la doctrina legal anterior, a la vez también se admitió –sin decirse– la inconvencionalidad de su jurisprudencia.

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Author Biography

Estuardo Cárdenas, Organismo Judicial

Doctor en Derecho Constitucional Internacional (con distinción Summa Cum Laude), Doctor en Derecho y Magíster en Derecho Constitucional, todos por la Universidad de San Carlos de Guatemala, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Escuela de Estudios de Postgrado; y, actualmente, Magistrado -Titular- de la Corte de Apelaciones de la República de Guatemala. 

References

Corte Interamericana de Derechos Humanos (2020). ABC Corte Interamericana de Derechos Humanos. El cómo, cuándo, dónde y por qué de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Corte IDH.

Ferrer, E. (2016). Panorámica del Derecho procesal constitucional y convencional (1a reimp.). Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Marcial Pons.

Villalba, P. (2015). Ajustes de convencionalidad: Las nuevas coordenadas. En Osvaldo, Gozaíni (Director), El control de constitucionalidad en la democracia (pp. 181-236). EDIAR.

Zaldivar, A. (2014). Jurisprudencia constitucional. En Ferrer Mac-Gregor, E., Martínez Ramírez, F. y Figueroa Mejía, G. (Coords.), Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional (Tomo II), (pp. 820-821). Poder Judicial de la Federación, Consejo de la Judicatura Federal, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas.

Jefe del Gobierno de la República de Guatemala (1963, 14 de septiembre). Código Procesal Civil y Mercantil, Decreto Ley 107. Diario de Centro América.

Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos (1969, 7 al 22 de noviembre). Convención Americana sobre Derechos Humanos [“Pacto de San José de Costa Rica”]. Secretaría General de la Organización de Estados Americanos.

Asamblea Nacional Constituyente (1985, 31 de marzo). Constitución Política de la República de Guatemala. Diario de Centro América.

Asamblea Nacional Constituyente (1986, 14 de enero). Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, Decreto 1-86. Diario de Centro América.

Congreso de la República de Guatemala (1989, 10 de enero). Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89. Diario de Centro América.

Congreso de la República de Guatemala (1992, 28 de septiembre). Código Procesal Penal, Decreto 51-92. Diario de Centro América.

Corte de Constitucionalidad (2013, 9 de diciembre). Disposiciones reglamentarias y complementarias a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, Acuerdo 1-2013. Diario de Centro América.

S-CC (2019). Apelación de sentencia de amparo, Expediente 830-2019, de 15 de julio.

S-CC 2021). Amparo en única instancia, Expediente 1731-2020, de 24 de febrero.

S-CC (2021). Apelación de sentencia de amparo, Expediente 3932-2021, de 19 de octubre.

S-CC (2021). Apelación de sentencia de amparo, Expediente 3992-2020, de 30 de noviembre.

S-CC (2022). Apelación de sentencia de amparo, Expediente 907-2021, de 6 de julio.

S-CorIDH (2003). Caso Myrna Mack Chang Vs. Guatemala, con Voto razonado del juez Sergio García Ramírez, de 25 de noviembre.

S-CorIDH (2006). Caso Almonacid Arellano y otros Vs. Chile, de 26 de septiembre.

S-CorIDH (2006). Caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) Vs. Perú, de 24 de noviembre.

https://www.corteidh.or.cr

https://cc.gob.gt

Published

2023-10-16

How to Cite

Cárdenas, E. (2023). ¿Separación de la doctrina legal o aceptación y reconocimiento tácito de la existencia de jurisprudencia constitucional notoriamente inconvencional?. Opus Magna Constitucional, 20(1), 189–212. https://doi.org/10.37346/opusmagna.v20i1.106